CRITERIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PRESTAMOS PARA LA ADQUISICION DE VEHÍCULOS DE LA CAJA DE AHORRO DE LOS PROFESORES DEL COLEGIO UNIVERSITARIO DE LOS TEQUES "CECILIO ACOSTA" (CAPROCULTCA)
 
 

1. Podrán optar al préstamo a que se refieren los presentes criterios, los asociados a la CAPROCULTCA que sean Profesores Ordinarios Activos y Jubilados, Auxiliares Docentes Activos y Jubilados y los Trabajadores de la CAPROCULTCA que tengan una antigüedad mínima de tres (3) años como asociados.
2. Para la adquisición de vehículos la CAPROCULTCA podrá financiar hasta una cantidad tal que el total de la cuota mensual que el asociado cancele por este concepto, más las cuotas mensuales por concepto de otros préstamos con la Caja de Ahorro, no exceda el treinta por ciento (30%) de su sueldo mensual ( salario integral menos deducciones)
3. La CAPROCULTCA financiará el setenta por ciento (70%) del valor del vehículo que en ningún caso será superior a seiscientas ocho (608) unidades tributarias.
4. La cuota inicial será la diferencia entre el crédito a otorgar y el costo total del vehículo.
5. Los pagos de las cuotas serán mensuales, sucesivos y uniformes, con interés sobre saldo deudor al diez y seis por ciento (16%) anual (Artículo 20, Reglamento de Préstamos, Retiro de Haberes, Mutuo Auxilio y Montepío), y serán debitados por nómina. Esta tasa podrá modificarse de acuerdo a lo pautado en los Estatutos de la CAPROCULTCA.
6. El pago del préstamo podrá ser de doce (12), veinticuatro (24) ó treinta y seis (36) meses (Artículo 20, Capítulo III, Préstamos Especiales, Reglamento de Préstamos, Retiro de Haberes, Mutuo Auxilio y Montepío). Igualmente podrán acordarse una (1) o dos (2) anualidades (pago contra bono vacacional y bono de fin de año).
7. Para respaldar el préstamo, el asociado beneficiario podrá utilizar:
a) Garantía prendaria (reserva de dominio) constituida por el vehículo a favor de la CAPROCULTCA.
b) Sus ahorros disponibles en la CAPROCULTCA y/o
c) Fianzas otorgadas por otro (s) asociado (s) a la CAPROCULTCA.

8. En caso de garantía prendaria, el asociado beneficiario contratará y mantendrá en vigencia hasta la cancelación total del préstamo, una póliza de seguros que garantice a la CAPROCULTCA, el pago del préstamo concedido, que cubra: Responsabilidad Civil, defensa personal, exceso de límite, cobertura amplia, aparatos y accesorios, aire acondicionado, accidentes personales, muerte, invalidez total y permanente, gastos médicos.
9. En caso de cancelación total del préstamo después de seis (6) meses de concedido, los intereses no causados a la fecha de cancelación serán reintegrados.
10. Para la concesión de los préstamos para la adquisición de vehículo, se utilizará un sistema de jerarquización por puntos, contemplados en el Reglamento de Préstamos, Retiro de Haberes, Mutuo Auxilio y Montepío igual al propuesto para los créditos hipotecarios.
11. El solicitante del préstamo llenará la planilla de solicitud, anexando todos y cada uno de los documentos a que haya lugar de acuerdo a los requisitos exigidos.
12. El Consejo de Administración considerará las solicitudes formuladas con la puntuación que le corresponda según las indicaciones previas. De esta manera quedarán las solicitudes jerarquizadas para su aprobación, de acuerdo al presupuesto aprobado.
13. Una vez aprobado el préstamo y publicado el aviso en un diario de circulación regional, el asociado beneficiario dispondrá de sesenta (60) días hábiles, no prorrogables, para efectuar la operación.
14. La CAPROCULTCA concederá préstamos para la adquisición de:
a. Vehículos nuevos
b. Vehículos usados
c. Cancelación de Reserva de Dominio pre-existente.

15. Para la adquisición de vehículos nuevos deberá presentarse los siguientes recaudos:
a. Factura pro-forma del vehículo
b. Fotocopia de la cédula de identidad del asociado y la de su cónyuge, si es casado
c. Fotocopias de los dos (2) últimos recibos de pago del CULTCA
NOTA: En caso de que el solicitante haya cancelado al vendedor alguna reserva, acompañará el recibo correspondiente.

16. Para la adquisición de vehículos usados deberá presentarse los siguientes recaudos:
a. Oferta de venta especificando todos los datos del vehículo (seriales, placas, color, año, marca, modelo y precio pautado)
b. Título de propiedad del vehículo (RAP), a nombre del vendedor
c. Avalúo otorgado por una compañía aseguradora, indicando las características del vehículo y monto asegurable.
d. Acta de revisión emitida por la Inspectoría de Tránsito
e. Fotocopia de la Cédula de Identidad del asociado y la de su cónyuge si es casado y las de los vendedores
f. Fotocopia de los dos últimos recibos de pago del CULTCA

17. La firma del documento de compra-venta y garantía prendaria sobre el vehículo se realizará en la Notaría Pública y en ese acto se procederá a la entrega del cheque correspondiente.
18. Para la cancelación de reserva de dominio, el asociado deberá presentar:
a. Título de propiedad del vehículo a nombre del asociado
b. Fotocopia de la Cédula de Identidad del asociado y la de su cónyuge si es casado
c. Fotocopia del contrato de reserva de dominio
d. Saldo del Crédito
e. Póliza de seguro o avalúo del vehículo, otorgado por una
compañía aseguradora indicando las características del vehículo y monto asegurado
f. Fotocopia de los dos últimos recibos de pago del CULTCA

19. El asociado beneficiario cancelará la diferencia entre el costo del vehículo y el monto del préstamo (cuota inicial) con un CHEQUE DE GERENCIA que depositará en la cuenta corriente de CAPROCULTCA en el Banco_______________ con el siguiente endoso: "Unicamente para ser depositado en la Cuenta Corriente No. ___________de CAPROCULTCA en el Banco_________". La planilla original del depósito deberá ser entregada en las oficinas de CAPROCULTCA.
20. La CAPROCULTCA realizará el pago total del vehículo al vendedor.
21. El asociado beneficiario del préstamo, retirará el vehículo respectivo una vez realizados los trámites correspondientes.
22. Todos los gastos que ocasione la tramitación y registro de este préstamo correrán por cuenta del asociado beneficiario.
23. Si el asociado beneficiario pierde su condición de asociado de la CAPROCULTCA de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de los Estatutos de la CAPROCULTCA, no se le concederá el uso del préstamo otorgado, o de ser el caso, éste se considerará de plazo vencido. En este caso:
a. Amortizará con sus haberes libres el saldo deudor
b. El interés del préstamo aumentará hasta el interés comercial
c. Se harán giros por la deuda restante a nombre de CAPROCULTCA
d. Se mantendrá la reserva de dominio hasta el finiquito del préstamo.

24. Cuando algún miembro del Consejo de Administración solicite un préstamo o algún asociado solicitante tenga parentesco de consanguinidad o afinidad con alguno de ellos, deberá inhibirse, de acuerdo con el artículo 64 de los Estatutos de la CAPROCULTCA.
25. Cuando un asociado retire sus haberes deberá esperar dos (2) años para solicitar un préstamo para la adquisición de vehículos.

26. Todos los documentos presentados en copia deberán ir acompañados de los originales para su confrontación y certificación respectiva.
27. Lo no previsto en los presentes Criterios será competencia del Consejo de Administración de la CAPROCULTCA.

LA COMISION PARA LA ELABORACIÓN DE LOS CRITERIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PRESTAMOS PARA LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS.


Los Teques: Septiembre del 2002

 
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